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Análisis de Diagnóstico Patrimonial
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Ciudad
BASE DE DATOS DEL PATRIMONIO INMUEBLE DE ANDALUCÍA
Denominación
Código
Otras Denominaciones
-Puente de Carmona (Código: 01410240163) -Carmona. Canteras romanas (Código: 01410240494) -Puente y calzada romana de la Vía Augusta (Código: 01410240428) -Anfiteatro y necrópolis romana (Código: 01410240485) Paralelamente, queda reflejada en la misma basa de datos la de: - Centro Histórico de Carmona (Código 01410240514)
LEGISLACIÓN Y NORMATIVA PATRIMONIAL DE APLICACIÓN
General
- Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. (BOE núm. 155, de 29 de junio) https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12534 - Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (BOJA número 248, de 19 de diciembre) https://www.juntadeandalucia.es/boja/2007/248/1
Específica
- DECRETO 55/2003, de 18 de febrero, por el que se declara y delimita, con la categoría de Zona Arqueológica, el Bien de Interés Cultural, Necrópolis y Anfiteatro Romanos de Carmona y su entorno, sito en la provincia de Sevilla. https://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/53/25 - Decreto 1064/1963, del 25 de abril, por el que se declara Conjunto Histórico-artístico la zona incluida dentro del recinto amurallado de la ciudad de Carmona (Sevilla) (BOE nº 120, 20 de Mayo de 1963, pág. 8316) (Se adjunta PDF) - Puente y Calzada Romana de la vía Augusta (BOE 20 de Mayo de 1963) (Se adjunta PDF)
NORMATIVA URBANÍSTICA Y DE PLANEAMIENTO
PLANEAMIENTO GENERAL
Instrumento
- Plan General de Ordenación Urbanística Documento de Aprobación Provisional septiembre 2012 (Se adjunta PDF) http://www.sodecar.org/pgou/ -Normas Subsidiarias Documento de Aprobación 4 de marzo de 2009 http://ws041.juntadeandalucia.es/medioambiente/situadifusion/pages/descargaDocumentos.jsf?doc=19301
Categoría / Clasificación del Suelo
Suelo No Urbanizable de Especial Protección por la Legislación Específica
REFERENCIA CATASTRAL Y USOS DEL SUELO: Polígonos, Parcelas, Subparcelas.
Plano Catastral
PLANEAMIENTO DE DESARROLLO
Instrumento
Los planes de desarrollo que afectan a la ciudad romana de Carmona son los siguientes: - Plan Parcial de Ordenación del Anfiteatro (Aprobado el 01/06/88) - Plan Parcial de Ordenación de la Necrópolis Huerta Casquizo (Aprobado el 25/07/90) - Estudio de Detalle de las calles San Franciso, C/Anfiteatro, Claudio y César Augusto (Aprobado el 10706/08) - Estudio de Detalle c/Mármoles nº 17 (Aprobado el 03/04/00) - Estudio de Detalle c/Tinajerías nº 5 y 9 (Aprobado el 02/01/02 ) - Plan Especial del Patrimonio Histórico (Aprobado el 07/05/09) http://www.sodecar.org/plan_especial/ - Plan Especial de Protección del Patrimonio Histórico (Aprobado el 28/12/11) http://www.sodecar.org/plan_especial/ Los planes de desarrollo, a excepción de los dos últimos, no son consultables actualmente, aunque su información general puede consultarse en el siguiente enlace web: http://ws041.juntadeandalucia.es/medioambiente/situadifusion/pages/search2.jsf?cid=8893
Catalogación / Cautela
- Catálogo de Arqueología Urbana: Cautela Subyacente: Grados I, II, III http://www.sodecar.org/plan_especial/html/menu_arqueologia.php El Grado I afecta a las áreas delimitadas en lo planos de ordenación correspondientes. Esta cautela se impone por albergar en su subsuelo gran complejidad estratigráfica que recorre todas las etapas históricas de la ciudad, desde su fundación en el Barrio de San Blás, y por el presumible hallazgo de grandes edificios públicos de cronología romana, vinculadas con el foro de la ciudad, en el área delimitada en el centro del Conjunto Histórico. Las áreas englobadas bajo el Grado I se consideran "áreas de reserva arqueológica", manteniendo el subsuelo libre de cualquier actividad que implique movimientos d etierra más allá de la actuación arqueológica destinada a la investigación y por tanto, inserta en un proyecto. Grado II afecta a las áreas delimitadas en los planos de ordenación. Esta cautela se impone por albergar en su subsuelo restos de hábitat urbano o bien restos periféricos de la ciudad de cualquier etapa histórica. Grado III, afecta a las áreas delimitadas en los planos de ordenación. Se refiere a un área en la que existe una alta probabilidad de albergar en su subsuelo elementos periféricos de la ciudad, tales como funerarios, infraestructuras artesanales, edificios lúdicos y religiosos de cualquier época. - En las Normas Subsidiarias aprobadas el 4 de marzo de 2009, dentro del artículo 2.4.3.1.3. Yacimientos arqueológicos se establece que los yacimientos arqueológicos del municipio contarán con un área de protección de 500m de radio dentro del cual será de obligado cumplimiento la normativa que le precede. Ésta consistirá en que con carácter previo a la autorización de intervenciones que tengan por objeto la realización de obras de movimiento de tierras, demolición de edificaciones o instalaciones existentes o construcción de obras de nueva planta, se podrá exigir a la persona o entidad promotora de las mismas la realización de actividad arqueológica necesaria para su protección. Una vez realizada la actividad arqueológica y evaluados sus resultados se determinarán, por el órgano competente para autorizar la intervención, las previsiones que habrán de incluirse en el correspondiente proyecto para garantizar en su caso, la protección, conservación y difusión de los restos arqueológicos, que condicionará la materialización de dichas obras.
OTROS DATOS DE INTERÉS
Accesos
Desde la Nacional a 388, siguiendo por las calles Carretera Vieja y Avenida Jorge Bonsor.
Estado de Conservación
Evaluación General: Óptimo para el Conjunto Histórico Dada la multiplicidad de situaciones de los diferente puntos que integran el yacimiento de la ciudad romana de Carmo, al localizarse en el marco de una ciudad histórica superpuesta, no resulta posible establecer un diagnóstico único para el núcleo completo. Detalles: En el marco de actuación del Conjunto Arqueológico de Carmona, se llevan a cabo labores de Conservación/Restauración para la Zona Arqueológica de la Necrópolis y el Anfiteatro: http://www.museosdeandalucia.es/web/conjuntoarqueologicodecarmona/restauracion-conservacion Para el resto del casco urbano, las labores de conservación son determinadas por las diferentes resoluciones de intervención arqueológica al respecto.
POSICIÓN GEOGRÁFICA (UTM): Zona Arqueológica o Entorno de Protección
OTRA INFORMACIÓN
La Zona Arqueológica de la Necrópolis y el Anfiteatro queda incluida dentro del Conjunto Arqueológico de Carmona. http://www.museosdeandalucia.es/web/conjuntoarqueologicodecarmona
Observaciones
Información Documental
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